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Visitaduría Judicial

La Visitaduría Judicial es el área administrativa que tiene por objeto verificar el debido funcionamiento de los juzgados y supervisar las conductas de los integrantes de estos, conforme a los lineamientos emitidos por el Consejo de la Judicatura.

Lo anterior con fundamento en el articulo 175 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro.

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La Visitaduría Judicial tiene las funciones siguientes:

I.Ser autoridad investigadora en los procedimientos de investigación, tratándose de faltas del personal jurisdiccional de primera y segunda instancia;

II. Ejecutar las facultades y funciones que como autoridad investigadora le otorgan las disposiciones jurídicas en materia de responsabilidades administrativas;

III. Desahogar visitas de inspección a los juzgados para verificar su adecuado funcionamiento, rindiendo informe al Consejo de la Judicatura del resultado de las mismas;

IV. Intervenir en los procesos de entrega recepción de los servidores públicos adscritos a los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, a fin de que se cumpla con la normatividad aplicable;

V. Coadyuvar con la Contraloría Interna en los procesos de entrega-recepción en los que ésta intervenga, cuando así se requiera;

VI. Capturar de manera veraz y oportuna en los programas o sistemas informáticos implementados por la Dirección de Tecnologías de la Información, los datos estadísticos correspondientes a sus funciones;

VII. Actualizar la página electrónica del Poder Judicial en la información correspondiente al ámbito de su competencia; y,

VIII. Las demás que le confiera la presente Ley y otras disposiciones legales aplicables.

Salario Mínimo $248.93
vigente a partir de 01/ene/2024

Unidad de Medida y Actualización
(UMA) a partir de 01/feb/2024 $108.57 diario