.cls8 {color:WindowText;} .cls13 {font-size:11pt;} .cls9{font-size:11pt;color:WindowText;font-family:'Arial', sans-serif;} .cls5{font-size:11pt;font-family:'Arial', sans-serif;} .cls14 {font-weight:bold;} .cls10{font-weight:bold;color:WindowText;} .cls6{font-weight:bold;font-size:11pt;color:WindowText;font-family:'Arial', sans-serif;}.cls2 {font-weight:bold;font-size:11pt;font-family:'Arial', sans-serif;} .cls12{font-weight:bold;font-size:8pt;font-family:'Arial', sans-serif;} .cls3{font-weight:normal;} .cls7 {font-weight:normal;color:WindowText;} .cls0{text-align:center;} .cls4 {text-align:justify;} .cls11###########AUTO QUE AGREGA OFICIO DE LA ALZADA Y GIRA OFICIO AL JUEZ DE##El Secretario de Acuerdos da cuenta del oficio 1982, recibido en este Juzgado,suscrito por la Secretaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia y delPresidente del Poder Judicial del Estado de Querétaro, mediante el cual, informaque se desechó el Juicio de Amparo Directo en revisión 702/2026 por lo quecausó ejecutoria por Ministerio de Ley y se dejó sin efectos la suspensióndecretada en el proveído de 2 de mayo de 2023, respecto al citado acto##A lo que se acuerda: Se ordena glosar a los autos el oficio de cuenta para quesurta los efectos legales a los que haya lugar, con fundamento legal en lodispuesto por los artículos 60, 62, 65 y 295 del Código de ProcedimientosPenales para el Estado; quedando este Juzgado enterado que se desechó elJuicio de Amparo Directo en revisión 702/2026 por lo que causó ejecutoria porMinisterio de Ley y se dejó sin efectos la suspensión decretada en el proveído####Notifíquese y Cúmplase. Así lo proveyó y firmó María Alejandra Jaurena Huerta,Juez Único de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Querétaro, quienactúa ante el Secretario de Acuerdos, Lic. César Rico Romero, quien autoriza y############Publicación. El 11 de marzo de 2026, se publicó en listas el auto que antecede.####AVISO DE PRIVACIDAD. Derivado del presente tratamiento de datospersonales sensibles, consistente en su transferencia a las personas legitimadasdentro de procedimientos o procesos jurisdiccionales; así como a las demáspersonas que intervienen en la impartición de justicia; será transferida con ello,la más estricta responsabilidad, en términos de la legislación civil o penal,respecto al uso, utilización comunicación, difusión, almacenamiento,aprovechamiento y divulgación, que de éstos se haga una vez que seencuentren en su posesión, bajo los principios de finalidad, lealtad, licitud,responsabilidad y proporcionalidad que rigen la materia de protección de datospersonales en posesión de los particulares, en términos de los artículos 6, BaseA y 16 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en armonía con la Ley General de protección de datos personales######Notificación. El de _________ de marzo de 2026, se notificó el auto que#####################################En cumplimiento a lo acordado el día de hoy dentro de la causa penal listada alrubro (relacionada con la carpeta única de ejecución de sentencia 252/2023-1),instruida contra Felipe Miguel Martínez Luna, por la comisión del delito dedespojo calificado, en agravio de Joel José Luis Porras Baños, hago de suconocimiento que la Secretaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia y delPresidente del Poder Judicial del Estado de Querétaro, informó que se desechóel Juicio de Amparo Directo en revisión 702/2026 por lo que causó ejecutoria porMinisterio de Ley y se dejó sin efectos la suspensión decretada en el proveídode 2 de mayo de 2023, respecto al citado acto reclamado, lo que hago de su#############JUEZ ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE#######AVISO DE PRIVACIDAD. Derivado del presente tratamiento de datospersonales sensibles, consistente en su transferencia a las personas legitimadasdentro de procedimientos o procesos jurisdiccionales; así como a las demáspersonas que intervienen en la impartición de justicia; será transferida con ello,la más estricta responsabilidad, en términos de la legislación civil o penal,respecto al uso, utilización comunicación, difusión, almacenamiento,aprovechamiento y divulgación, que de éstos se haga una vez que seencuentren en su posesión, bajo los principios de finalidad, lealtad, licitud,responsabilidad y proporcionalidad que rigen la materia de protección de datospersonales en posesión de los particulares, en términos de los artículos 6, BaseA y 16 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en armonía con la Ley General de protección de datos personales##